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Ley Vigente

Artículo 104. Contenido mínimo de las licencias.

Artículo 104 de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja. · BOE-A-2015-4028

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

Texto consolidado

Las licencias deportivas tendrán, de forma general, el siguiente contenido mínimo:

Identificación de la persona física que obtiene la licencia deportiva (nombre y apellidos y fecha de nacimiento).

Identificación de la persona jurídica que expide la licencia deportiva.

Duración de la licencia.

Identificación de los seguros previstos.

Tipo de licencia.

Alcance de la actividad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

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