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Real Decreto-ley Vigente

Artículo 103. Comunicaciones en los concursos de proyectos.

Artículo 103 del Real Decreto-ley 3/2020, de 4 de febrero, de medidas urgentes por el que se incorporan al ordenamiento jurídico español diversas directivas de la Unión Europea en el ámbito de la contratación pública en determinados sectores; de seguros privados; de planes y fondos de pensiones; del ámbito tributario y de litigios fiscales. · BOE-A-2020-1651

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-02-25.

Texto consolidado

1. Serán aplicables las reglas generales contenidas en el artículo 61 a todas las comunicaciones relativas a los concursos de proyectos.

2. Las comunicaciones, los intercambios y el almacenamiento de información se realizarán de modo que se garantice la protección de la integridad y la confidencialidad de cualquier información transmitida por los participantes en el concurso de proyectos y de forma que el jurado no conozca el contenido de los planos y proyectos hasta que expire el plazo previsto para su presentación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-02-25.

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