Artículo 103. Efectos de la aprobación de los proyectos.
Artículo 103 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial. · DOG-g-2015-90508
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-01-01.
Texto consolidado
1. Los proyectos aprobados conforme al procedimiento de tramitación conjunta regulado en este capítulo producirán los efectos previstos, respectivamente, en el capítulo III del título III de este texto refundido y en la Ley 1/2021, de 8 de enero, junto con las siguientes especialidades.
2. La aprobación del proyecto de interés autonómico para la creación de suelo empresarial también producirá los efectos previstos en el artículo 81 de este texto refundido para los proyectos industriales estratégicos.
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