Artículo 102. Atribución de la potestad sancionadora.
Artículo 102 de la Ley 1/2024, de 11 de enero, de la calidad alimentaria de Galicia. · BOE-A-2024-2778
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-02-07.
Texto consolidado
1. Corresponde a la Administración autonómica la potestad sancionadora en materia de la calidad y conformidad de la producción y comercialización alimentarias. Esta será ejercida por los órganos administrativos que la tengan atribuida.
2. El órgano competente para resolver, previa tramitación del correspondiente procedimiento, sancionará las infracciones en materia de calidad y conformidad de la producción y comercialización alimentarias detectadas en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.