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Ley Foral Derogada

Artículo 100. Infracciones muy graves.

Artículo 100 de la Ley Foral 15/2005, de 5 de diciembre, de promoción, atención y protección a la infancia y a la adolescencia. · BOE-A-2006-1

Atención: Ley Foral 15/2005 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Constituyen infracciones muy graves:

1. La reincidencia en la comisión de infracciones graves.

2. Incurrir en las infracciones graves previstas en el artículo anterior si de las mismas se derivara u daño o perjuicio para los derechos de los menores de difícil o imposible reparación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-01-03.

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