Artículo 100. Objeto.
Artículo 100 de la Ley 6/2013, de 7 de noviembre, de pesca marítima, marisqueo y acuicultura en las Illes Balears. · BOE-A-2013-12688
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-12-03.
Texto consolidado
Este título tiene por objeto regular el ejercicio de la potestad sancionadora en materia de pesca marítima, pesca recreativa, marisqueo, acuicultura, ordenación del sector pesquero y de la actividad comercial de los productos de la pesca, y de las actividades subacuáticas profesionales en el ámbito de las competencias de las Illes Balears.