Artículo 100. Actuaciones sometidas a inspección.
Artículo 100 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. · BOE-A-2009-11186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-08-18.
Texto consolidado
Están sometidas a la inspección y al control de las administraciones competentes en materia de servicios sociales todas las actuaciones que realicen las entidades públicas y privadas que estén dentro del ámbito de aplicación de esta ley.