Artículo 100. Fondo de Previsión para Inversiones.
Artículo 100 de la Ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988. · BOE-A-1987-28404
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-01-01.
Texto consolidado
Se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 1988 las normas especiales de aplicación del Fondo de Previsión para Inversiones previsto en el artículo 21 de la Ley 30/1972, de 22 de julio, sobre régimen económico-fiscal de Canarias.