El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 100. Pagos en especie.

Artículo 100 de la Ley 3/1999, de 10 de marzo, del Patrimonio Cultural Aragonés. · BOE-A-1999-8270

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-03-30.

Texto consolidado

1. Los propietarios de bienes integrados en el patrimonio cultural aragonés podrán solicitar su cesión en propiedad, en pago de deudas contraídas con alguna de las Administraciones locales aragonesas o con la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.

2. La aceptación de esta forma de pago corresponderá al Pleno de la corporación local afectada o al titular del Departamento responsable de la Hacienda en el Gobierno de Aragón, previo informe del Departamento responsable de patrimonio cultural, según sea el origen de la deuda a satisfacer.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-03-30.

Más artículos de Ley 3/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 3/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.