Artículo 100. Estatuto de las deportistas y los deportistas de alto nivel.
Artículo 100 de la Ley 2/2023, de 30 de marzo, de la actividad física y del deporte del País Vasco. · BOE-A-2023-10639
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-19.
Texto consolidado
El Gobierno Vasco, con el asesoramiento de las federaciones deportivas y del Consejo Vasco de la Actividad Física y del Deporte, aprobará un estatuto para las deportistas y los deportistas de alto nivel.