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Real Decreto-ley Derogada

Artículo 10. Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Artículo 10 del Real Decreto-ley 26/2026, de 29 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes para la protección de la función social de la vivienda y la ampliación de la oferta de vivienda asequible. · BOE-A-2026-20266

Atención: Real Decreto-ley 26/2026 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Con efectos desde el 1 de diciembre de 2026, los importes máximos de los coeficientes a aplicar sobre el valor del terreno en el momento del devengo, según el periodo de generación del incremento de valor a que se refiere el apartado 4 del artículo 107 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, serán los siguientes:

Periodo de generación

Coeficiente

Inferior a 1 año.

0,17

1 año.

0,16

2 años.

0,16

3 años.

0,17

4 años.

0,17

5 años.

0,19

6 años.

0,21

7 años.

0,23

8 años.

0,24

9 años.

0,25

10 años.

0,22

11 años.

0,18

12 años.

0,14

13 años.

0,12

14 años.

0,11

15 años.

0,11

16 años.

0,11

17 años.

0,11

18 años.

0,13

19 años.

0,20

Igual o superior a 20 años.

0,30

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-10-01.

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