Artículo 10. Deber de confidencialidad.
Artículo 10 del Real Decreto 925/1995, de 9 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 19/1993, de 28 de diciembre, sobre determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales. · BOE-A-1995-16327
Atención: Real Decreto 925/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Los sujetos obligados no revelarán al cliente ni a terceros las actuaciones que estén realizando en relación con sus obligaciones derivadas de la Ley 19/1993 en la forma regulada por el presente Reglamento.
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