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Real Decreto Derogada 2 redacciones

Artículo 10.

Artículo 10 del Real Decreto 905/1991, de 14 de junio, por el que se aprueba el Estatuto del Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea. · BOE-A-1991-15530

Atención: Real Decreto 905/1991 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El Ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea está adscrito al Ministerio de Obras Públicas y Transportes a través de la Secretaría de Estado de Infraestructuras y Transportes para los Servicios de Transportes, la cual, de acuerdo con el mandato que establezca el Gobierno, fijará sus directrices de actuación, aprobará el plan anual de objetivos, efectuará el seguimiento de su actividad y ejercerá, sin perjuicio de otras competencias, el control de eficacia, de acuerdo con la normativa vigente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-09-08.

Redacciones de este artículo

Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-1996-20318.

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