El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 10. Instrucción de los expedientes de inscripción.

Artículo 10 del Real Decreto 594/2015, de 3 de julio, por el que se regula el Registro de Entidades Religiosas. · BOE-A-2015-8643

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-01.

Texto consolidado

1. La instrucción de los expedientes de inscripción corresponderá a la Subdirección General de Relaciones con las Confesiones.

2. El órgano competente podrá recabar informe a la Comisión Asesora de Libertad Religiosa así como cualquier otro que considere necesario acerca de la solicitud de inscripción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-11-01.

Más artículos de Real Decreto 594/2015

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 594/2015 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.