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Real Decreto Vigente

Artículo 10. Orden del día.

Artículo 10 del Real Decreto 219/2001, de 2 de marzo, sobre organización y funcionamiento del Consejo para el Fomento de la Economía Social. · BOE-A-2001-5061

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-16.

Texto consolidado

1. El orden del día de las sesiones ordinarias contendrá la lectura y, en su caso, la aprobación del acta de la sesión anterior, así como los asuntos que disponga la Presidencia.

2. No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día, salvo que estén presentes todos los miembros del Consejo y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría.

3. El orden del día de las sesiones extraordinarias contendrá exclusivamente los puntos que motiven su convocatoria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-03-16.

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