Artículo 10. Protección de datos.
Artículo 10 del Real Decreto 1612/2007, de 7 de diciembre, por el que se regula un procedimiento de voto accesible que facilita a las personas con discapacidad visual el ejercicio del derecho de sufragio. · BOE-A-2007-21089
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-12-09.
Texto consolidado
Todas las personas que intervengan en este procedimiento de voto accesible observarán especialmente las disposiciones normativas vigentes en materia de protección de datos de carácter personal, velando por su cumplimiento efectivo.