Artículo 10.
Artículo 10 del Real Decreto 1392/1993, de 4 de agosto, por el que se regula el procedimiento sancionador de las infracciones administrativas en materia de control de cambios. · BOE-A-1993-20862
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1993-08-12.
Texto consolidado
Las resoluciones de los procedimientos regulados en el presente Real Decreto pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivas, según lo dispuesto en el artículo 138.3 de la Ley 30/1992. La ejecución se ajustará a lo previsto en dicha Ley y en el artículo 13 del Real Decreto 1816/1991.