Artículo 10. Principios generales.
Artículo 10 del Real Decreto 1378/2002, de 20 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales del Colegio Oficial de Pilotos de la Aviación Comercial. · BOE-A-2003-1211
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-01-21.
Texto consolidado
1. La incorporación al Colegio confiere a todo piloto de la aviación comercial los derechos y deberes inherentes a la condición de miembro del Colegio. El Colegio protegerá y defenderá a sus colegiados en el ejercicio recto y legítimo de la profesión.
2. Todos los colegiados son iguales en los derechos y deberes establecidos en este capítulo.