El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 10. Subdirección General de Informes.

Artículo 10 del Real Decreto 1057/2024, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Abogacía General del Estado. · BOE-A-2024-21123

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-10-17.

Texto consolidado

Corresponderá a la Subdirección General de Informes el desarrollo de las competencias a que se refiere el artículo 6.f), además de la elaboración de los dictámenes, informes y propuestas que hayan de ser emitidos por el Director o Directora General de lo Consultivo, incluyendo los referidos en la letra c) y los que hayan de prepararse para el desarrollo de las actuaciones previstas en la letra d), si las consultas se elevan acompañando un informe escrito para confirmación o rectificación, y en la letra e), sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 7.3.b).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-10-17.

Más artículos de Real Decreto 1057/2024

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1057/2024 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.