Artículo 10. Destinos de libre designación.
Artículo 10 de la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2013-6940
Atención: Orden INT/1176/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Son destinos de libre designación para el personal en situación de reserva:
a) Los correspondientes a las categorías de Oficiales Generales y de Oficiales, y a los empleos de Suboficial Mayor y de Cabo Mayor.
b) Los del personal destinado en las unidades, centros u organismos relacionados en el artículo 3.3.