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Orden Derogada

Artículo 11. Destinos de concurso de méritos.

Artículo 11 de la Orden INT/1176/2013, de 25 de junio, por la que se establecen las normas específicas para la clasificación y provisión de destinos en el Cuerpo de la Guardia Civil. · BOE-A-2013-6940

Atención: Orden INT/1176/2013 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Son destinos de concurso de méritos para el personal en situación de reserva, los de las unidades, centros u organismos no contemplados en el artículo anterior.

Para las mismas unidades, centros y organismos se aplicarán los mismos méritos y baremos a los miembros de las Escalas de Suboficiales y de Cabos y Guardias en situación de reserva que a los del personal de la misma Escala en servicio activo. A estos efectos, para el destino de este personal a los puestos territoriales de la organización periférica del Cuerpo se aplicarán los méritos y baremos aplicados a los de las Planas Mayores, recogidos en el artículo 4.3 b).

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-06-28.

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