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Ley Vigente

Artículo 10. Régimen de las subvenciones y ayudas.

Artículo 10 de la Ley 9/2006, de 23 de noviembre, del Instituto de Fomento de la Región de Murcia. · BOE-A-2007-9418

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-01-08.

Texto consolidado

El Instituto de Fomento de la Región de Murcia cuenta con potestad para otorgar todo tipo de subvenciones y ayudas, rigiéndose al efecto por lo establecido en la legislación básica del Estado y por la normativa autonómica de desarrollo de la misma, pudiendo ejercer las potestades que dicha normativa reconoce para el desarrollo de la actividad subvencionadora de las administraciones públicas. En especial, se atribuye al Instituto de Fomento de la Región de Murcia la potestad sancionadora en el desarrollo de su actividad subvencionadora, que deberá ejercitarse de conformidad con lo establecido en la normativa vigente en materia de subvenciones y en el título IX de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-01-08.

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