Artículo 10. Promoción y difusión.
Artículo 10 de la Ley 6/1999, de 1 de septiembre, del Audiovisual de Galicia. · BOE-A-1999-19687
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-09-09.
Texto consolidado
1. La Xunta de Galicia promoverá la difusión de obras audiovisuales gallegas y coproducciones en las salas de exhibición cinematográficas de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como en cine clubes, entidades privadas sin ánimo de lucro, asociaciones, centros educativos, hospitales y organismos de asistencia social que oferten sesiones de cine a sus usuarios.
2. La Xunta de Galicia velará porque la producción cinematográfica gallega esté presente en el cupo de exhibiciones de filmes de los Estados miembros de la Unión Europea.