Artículo 10.
Artículo 10 de la Ley 4/1995, de 16 de marzo, de Voluntariado en Castilla-La Mancha. · BOE-A-1996-5104
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-04-22.
Texto consolidado
Las agrupaciones municipales de voluntarios de protección civil, en lo que se refiere a sus principios, estructura, organización y funcionamiento, se regularán por lo establecido en su normativa específica, tanto estatal como autonómica o local.