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Ley Vigente

Artículo 10. El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.

Artículo 10 de la Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura. · BOE-A-2023-9097

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-01.

Texto consolidado

Le corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura:

a. La aprobación del Plan General de la Cooperación Extremeña, a propuesta de la consejería competente en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional, previa presentación y debate en la Asamblea de Extremadura.

b. El desarrollo normativo de esta ley en todos aquellos aspectos que deban ser objeto de regulación reglamentaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-04-01.

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