Artículo 10. El Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura.
Artículo 10 de la Ley 3/2023, de 29 de marzo, de Cooperación y Solidaridad Internacional de Extremadura. · BOE-A-2023-9097
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-01.
Texto consolidado
Le corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura:
a. La aprobación del Plan General de la Cooperación Extremeña, a propuesta de la consejería competente en materia de cooperación para el desarrollo y solidaridad internacional, previa presentación y debate en la Asamblea de Extremadura.
b. El desarrollo normativo de esta ley en todos aquellos aspectos que deban ser objeto de regulación reglamentaria.