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Ley Vigente

Artículo 10. Ayudas y subvenciones.

Artículo 10 de la Ley 2/2024, de 30 de abril, de Impulso Demográfico. · BOE-A-2024-11191

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-05-11.

Texto consolidado

1. Las bases reguladoras y convocatorias de ayudas y subvenciones del sector público autonómico podrán incorporar criterios de incentivación positiva y medidas de apoyo específico vinculadas al impulso demográfico, siempre que los referidos incentivos sean compatibles con el objeto, finalidad, intensidad y niveles máximos de las ayudas, de acuerdo con la normativa que resulte de aplicación en la materia.

2. Se podrán aprobar líneas de ayudas y subvenciones, mediante el procedimiento de concesión directa, destinadas a financiar específicamente proyectos que ayuden a afrontar el reto demográfico, en consonancia con la normativa vigente.

3. Se creará un fondo de apoyo a los concejos con especiales dificultades demográficas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2024-05-11.

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