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Ley Derogada

Artículo 10. Potestad reglamentaria normativa.

Artículo 10 de la Ley 17/2006, de 13 de noviembre, integral de la atención y de los derechos de la infancia y la adolescencia de las Illes Balears. · BOE-A-2006-21821

Atención: Ley 17/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Corresponde al Gobierno de las Illes Balears el ejercicio de la potestad reglamentaria normativa sobre las competencias asumidas por los consejos insulares de acuerdo con lo establecido en la Ley 8/1997, de 18 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de tutela, acogimiento y adopción de menores, con sujeción a las limitaciones establecidas en los puntos 1 y 2 del artículo 49 del Estatuto de Autonomía de les Illes Balears, y, en especial, al desarrollo reglamentario de los procedimientos necesarios para la formalización de los expedientes administrativos de protección de personas menores de edad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-12-08.

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