Artículo 10.
Artículo 10 del Instrumento de ratificación de 22 de octubre de 1982 del Convenio entre España e Italia en materia de Seguridad Social y el Acuerdo Administrativo para su aplicación, hechos en Madrid el 30 de octubre de 1979. · BOE-A-1983-32829
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1983-12-01.
Texto consolidado
Las autoridades competentes de las dos Partes Contratantes podrán prever, por mutuo acuerdo, en interés de algunos trabajadores o de algunas categorías de trabajadores, excepciones a lo dispuesto en los artículos 7, 8 y 9 del presente Convenio.