Artículo 10. Prestaciones, programas e Instrumentos de inclusión.
Artículo 10 del Decreto-ley 5/2020, de 29 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se regula la Prestación Aragonesa Complementaria del Ingreso Mínimo Vital y el Servicio Público Aragonés de Inclusión Social. · BOA-d-2020-90251
Atención: Decreto-ley 5/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Las prestaciones, programas e instrumentos orientados a prevenir el riesgo de exclusión, paliar situaciones de exclusión personal, social y laboral y facilitar la inclusión de las personas y grupos vulnerables en situación de riesgo o exclusión social se desarrollarán reglamentariamente, con el siguiente contenido mínimo.
a) Los servicios, equipamientos y profesionales que intervendrán en los diferentes niveles de intervención de apoyo social, sociolaboral o laboral.
b) Los programas de intervención recogidos en el Plan de Atención e Inclusión Social.
c) Los instrumentos de inclusión constituidos por el Acuerdo de Inclusión Social, los itinerarios integrales personalizados de inserción, los Módulos operativos de intervención y los Programas y proyectos de inclusión social y laboral.
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