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Real Decreto Vigencia agotada

Artículo 1. Objeto y finalidad.

Artículo 1 del Real Decreto 884/2020, de 6 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades en materia de desarrollo rural y fomento del ganado equino. · BOE-A-2020-11883

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-08.

Texto consolidado

Este real decreto tiene por objeto regular la concesión de subvenciones directas de carácter singular a favor de los destinatarios que figuran en el artículo 4 con la finalidad de dinamizar las zonas rurales, mejora de las condiciones de vida en tales lugares y aplicación de las políticas públicas en materia agroalimentaria y rural, así como para el fomento del ganado equino.

Atendiendo al carácter singular que se deriva de las excepcionales circunstancias en que ha de realizarse la actividad subvencionada y dado que concurren razones de interés público que determinan la improcedencia de su convocatoria pública, se otorgan al amparo de lo previsto en el artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en relación con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha ley, y en artículo 67 de su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-10-08.

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