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Real Decreto Vigencia agotada

Artículo 2. Régimen jurídico aplicable.

Artículo 2 del Real Decreto 884/2020, de 6 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a determinadas entidades en materia de desarrollo rural y fomento del ganado equino. · BOE-A-2020-11883

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-10-08.

Texto consolidado

Estas subvenciones se regirán, además de por lo dispuesto en este real decreto y por lo establecido en las resoluciones de concesión, por lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y su Reglamento de desarrollo, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, salvo en lo que afecte a los principios de publicidad y concurrencia, y por lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las subvenciones se regirán por las disposiciones comunes contenidas en este capítulo, así como por las reglas especiales que regulen cada una de ellas en el capítulo II.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-10-08.

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