Artículo 1. Asimilación a trabajadores por cuenta ajena.
Artículo 1 del Real Decreto 822/2005, de 8 de julio, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de los clérigos de la Iglesia Ortodoxa Rusa del Patriarcado de Moscú en España. · BOE-A-2005-12750
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-09-01.
Texto consolidado
Quedan asimilados a trabajadores por cuenta ajena, a los efectos de su inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social, los clérigos de la Iglesia Ortodoxa Rusa del Patriarcado de Moscú en España (en adelante, Patriarcado de Moscú), en los términos y en las condiciones establecidos en este real decreto.