Artículo 1. Militares de empleo de la categoría de oficial.
Artículo 1 del Real Decreto 537/1994, de 25 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del militar de empleo de la categoría de oficial. · BOE-A-1994-8233
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1994-04-14.
Texto consolidado
Son militares de empleo de la categoría de oficial, de conformidad con la Ley 17/1989, de 19 de julio, reguladora del régimen del personal militar profesional, quienes, previa superación de las pruebas selectivas y de la enseñanza de formación correspondiente, se incorporen voluntariamente a las Fuerzas Armadas para complementar a los cuadros de mando, prestando servicio con una relación de carácter profesional no permanente.
El régimen de los militares de empleo de la categoría de oficial se ajustará a lo dispuesto en la citada Ley, en sus disposiciones de desarrollo en cuanto sean aplicables y en el presente Reglamento.