Artículo 1.
Artículo 1 del Real Decreto 2777/1982, de 24 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España. · BOE-A-1982-28603
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1982-11-25.
Texto consolidado
El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España es una organización profesional de Derecho Público, vinculado orgánicamente al Ministerio de Economía y Comercio, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines, que, con sede en Madrid, agrupa a los Censores jurados de Cuentas de España y a las Sociedades constituidas exclusivamente por ellos, de acuerdo con las reglas establecidas en los presentes Estatutos.
El Instituto de Censores Jurados de Cuentas de España fue creado el 16 de abril de 1945 en cumplimiento de lo establecido en el artículo 2.° del Decreto de 15 de diciembre de 1942, integrando los Colegios de Contadores Jurados de Bilbao y Madrid, constituidos en 1927 y 1936, respectivamente, y está vinculado, a efectos de su relación orgánica, al Ministerio de Comercio y Turismo, hoy Economía y Comercio, según lo dispuesto por el Real Decreto de 11 de enero de 1979.