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Real Decreto Derogada

Artículo 1. Ámbito territorial.

Artículo 1 del Real Decreto 270/2014, de 11 de abril, por el que se aprueba el Plan Hidrológico de la parte española de la Demarcación Hidrográfica del Tajo. · BOE-A-2014-3957

Atención: Real Decreto 270/2014 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

El ámbito territorial del presente Plan hidrológico de cuenca es el territorio de la parte española de la demarcación hidrográfica del Tajo definido en el artículo 3.4 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2014-04-13.

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