Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.
Artículo 1 del Real Decreto 197/2017, de 3 de marzo, por el que se establece el Programa nacional de control y erradicación de Tecia (Scrobipalpopsis) solanivora (Povolny). · BOE-A-2017-2312
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-05.
Texto consolidado
1. Este real decreto tiene por objeto el establecimiento y la regulación, con carácter básico, del programa nacional de control y erradicación de Tecia, tras la declaración de la existencia de plaga por la autoridad competente, según lo dispuesto en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal, y en el Real Decreto 1190/1998, de 12 de junio, por el que se regulan los programas nacionales de erradicación o control de organismos nocivos de los vegetales aún no establecidos en el territorio nacional.
2. El programa que se aprueba, y las medidas de él dimanantes, serán de aplicación en todo el territorio nacional, excepto el territorio de las Islas Canarias.