Artículo 1. Naturaleza, adscripción y denominación.
Artículo 1 del Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). · BOE-A-2014-834
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-10-14.
Texto consolidado
1. El Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) es entidad pública empresarial de las previstas en el artículo 103 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. La entidad pública empresarial IDAE tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión para el cumplimiento de sus fines.
3. El IDAE estará adscrito al Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital a través de la Secretaría de Estado de Energía, a la que le corresponde su dirección estratégica y la evaluación y el control de eficacia de sus actuaciones, en los términos previstos en los artículos 85 y 103.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
4. Su denominación es E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P.#df-5
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio Real Decreto 903/2017, de 13 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital..