Artículo 2. Régimen jurídico.
Artículo 2 del Real Decreto 18/2014, de 17 de enero, por el que se aprueba el Estatuto del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE). · BOE-A-2014-834
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-29.
Texto consolidado
1. El IDAE se regirá por la disposición adicional vigésima primera de la Ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986; por la Ley 6/1997, de 14 de abril; por las disposiciones adicionales duodécima y decimotercera del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad; por la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, en lo previsto para las entidades públicas empresariales; por el presente Estatuto y por las demás disposiciones legales de aplicación a las entidades públicas empresariales.
2. El IDAE estará sujeto al derecho privado, excepto en la formación de la voluntad de sus órganos, en el ejercicio de potestades administrativas que tenga atribuidas y en aquellos otros aspectos en que así se establezca específicamente en sus estatutos o resulte de lo previsto para las entidades públicas empresariales en la Ley 6/1997, de 14 de abril.