Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 1614/2008, de 3 de octubre, relativo a los requisitos zoosanitarios de los animales y de los productos de la acuicultura, así como a la prevención y el control de determinadas enfermedades de los animales acuáticos. · BOE-A-2008-16090
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-10-08.
Texto consolidado
Este real decreto tiene por objeto establecer:
a) Los requisitos zoosanitarios aplicables a la puesta en el mercado, la importación y el tránsito de animales y de productos de la acuicultura.
b) Las medidas preventivas mínimas destinadas a aumentar la sensibilización y la preparación de las autoridades competentes, los agentes económicos de la producción acuícola y demás agentes relacionados con dicho sector, en relación con las enfermedades de los animales acuáticos.
c) Las medidas mínimas de control que deberán aplicarse en caso de sospecha o de aparición de un foco de determinadas enfermedades en animales acuáticos.