Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 del Real Decreto 1029/2025, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de matriculación de aeronaves civiles y por el que se modifica el Real Decreto 765/2022, de 20 de septiembre, por el que se regula el uso de aeronaves motorizadas ultraligeras (ULM). · BOE-A-2025-22950
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-12-03.
Texto consolidado
Este Reglamento tiene por objeto:
a) Determinar cuáles son las aeronaves obligadas a matricularse en el Registro de Matrícula de Aeronaves Civiles (en lo sucesivo también referido como el «Registro»);
b) Establecer el régimen aplicable al Registro, incluido los requisitos, forma y efectos de la inscripción de las aeronaves civiles en él, así como los actos y documentos inscribibles.
c) Regular los requisitos para la asignación de matrículas de prueba para determinadas aeronaves.
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