Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Orden ITC/2670/2005, de 3 de agosto, por la que se determina la información que los distribuidores de energía eléctrica deben remitir a la Comisión Nacional de Energía para la elaboración de una propuesta de nueva metodología de retribución a la distribución. · BOE-A-2005-14045
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-08-17.
Texto consolidado
La presente disposición tiene por objeto establecer la información que las empresas distribuidoras de energía eléctrica están obligadas a remitir a la Comisión Nacional de Energía, así como los formatos y plazos de su remisión.
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