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Orden Vigente

Artículo 1. Ámbito de aplicación.

Artículo 1 de la Orden ISM/48/2021, de 25 de enero, por la que se establecen las normas reguladoras de la expedición de órdenes de pago a justificar. · BOE-A-2021-1194

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-01-29.

Texto consolidado

Las normas que se aprueban en la presente orden serán de aplicación a la expedición de órdenes de pago «a justificar» que se realicen en el ámbito del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

La expedición de libramientos «a justificar» podrá tener lugar en los supuestos en que se den las circunstancias previstas en el artículo 79 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, con los límites cuantitativos y para los conceptos presupuestarios que figuran en esta orden.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-01-29.

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