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Orden Vigente

Artículo 1. Objeto y ámbito.

Artículo 1 de la Orden DEF/3217/2011, de 18 de noviembre, por la que se regula el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-2011-18528

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-12-10.

Texto consolidado

1. La presente orden tiene por objeto regular el Registro de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas (en adelante, el Registro), así como establecer y desarrollar los procedimientos de inscripción.

2. En el Registro sólo se inscribirán las solicitudes relativas a asociaciones profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas que tengan como finalidad la promoción y defensa de los intereses profesionales, económicos y sociales de sus asociados, de conformidad con el artículo 33 de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio, de derechos y deberes de los miembros de las Fuerzas Armadas, y que cumplan los requisitos del artículo 34 de la misma ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-12-10.

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