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Orden Derogada

Artículo 1. Constitución.

Artículo 1 de la Orden de 4 de septiembre de 1997 por la que se dispone la publicación de los Estatutos de la Cruz Roja Española. · BOE-A-1997-19945

Atención: BOE-A-1997-19945 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Uno. Cruz Roja Española, fundada el 6 de julio de 1864, de acuerdo con la Conferencia Internacional de Ginebra de 1863, es una institución humanitaria de carácter voluntario y de interés público, que desarrolla su actividad bajo la protección del Estado español ejercida a través del Consejo de Protección. Se rige por los convenios internacionales sobre la materia en los que sea parte España, por el Real Decreto 415/1996, de 1 de marzo, modificado por el Real Decreto 2219/1996, de 11 de octubre, por la legislación que le sea aplicable, por los presentes Estatutos y por su Reglamento General Orgánico y demás normas internas.

Dos. El Alto Patronazgo de Cruz Roja Española queda reservado a Sus Majestades los Reyes de España.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-09-18.

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