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Orden Vigente

Artículo 1.º

Artículo 1 de la Orden de 23 de abril de 1971 por la que se revisa la escala del Timbre de la Mutualidad Notarial y la materia relativa a sellos de legitimaciones y legalizaciones notariales. · BOE-A-1971-581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1971-05-24.

Texto consolidado

El timbre de la Mutualidad Notarial, creado con carácter voluntario para el público y obligatorio para los Notarios por Orden ministerial de 10 de junio de 1939, se satisfará en la sucesivo, por cada documento protocolado, con arreglo a la siguiente escala:

Documentos sin cuantía o de cuantía inferior a 10.000 pesetas

10 pesetas

Los de más de 10.000 hasta 25.000 pesetas

20 pesetas

Los de más de 25.000 hasta 50.000 pesetas

30 pesetas

Los de más de 50.000 hasta 500.000 pesetas

40 pesetas

Los de más de 500.000 hasta 5.000.000 de pesetas

50 pesetas

Los de más de 5.000.000 hasta 50.000.000 de pesetas

60 pesetas

Los de más de 50.000.000 de pesetas

70 pesetas

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1971-05-24.

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