Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León. · BOE-A-2013-13518
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2014-01-02.
Texto consolidado
El objeto de la presente ley es regular, proteger y fomentar el derecho al ejercicio de la pesca y el ordenado aprovechamiento de los recursos piscícolas en todos los cursos y masas de agua situados en los límites territoriales de Castilla y León.