Articulo 1. Objeto de la ley y ámbito de aplicación.
Artículo 1 de la Ley 8/2009, de 16 de junio, de transferencia de competencias entre la Comunidad Autónoma y las Entidades Locales de Castilla y León. · BOE-A-2009-11189
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-07-12.
Texto consolidado
Esta ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 24.11 y 50.1 del Estatuto de Autonomía de Castilla y León, cuya reforma fue aprobada por la Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre y en ejecución del Capítulo II del Título IX de la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León, tiene por objeto la transferencia, entre la Comunidad Autónoma y las entidades locales de Castilla y León indicadas en el artículo 7 de esta ley, de las competencias previstas en el Pacto Local de Castilla y León, suscrito por la Junta de Castilla y León mediante Acuerdo de 3 de noviembre de 2005, y que se recogen en los artículos 8 a 13 de la presente ley, así como la determinación del régimen general del traspaso de medios personales, materiales y financieros adscritos a las mismas.