Artículo 1. Objeto.
Artículo 1 de la Ley 7/2021, de 17 de febrero, de museos y otros centros museísticos de Galicia. · BOE-A-2021-5138
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-17.
Texto consolidado
1. Sin perjuicio del régimen de protección previsto en la normativa de protección del patrimonio cultural que sea de aplicación atendiendo a la naturaleza, titularidad, tipología y competencias sobre los bienes, esta ley tiene por objeto la regulación de los centros museísticos de interés para Galicia y del Sistema gallego de centros museísticos, presidido por los principios de coordinación, colaboración y complementariedad, cuyo fin es la mejora de la organización y funcionamiento de los centros que lo integran.
2. A los efectos de esta ley, constituyen centros museísticos: los museos, las colecciones museográficas y los centros de interpretación del patrimonio cultural.