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Ley Vigente

Artículo 1. Objeto.

Artículo 1 de la Ley 6/2021, de 23 de diciembre, por la que se regula la intervención integral de la atención temprana en el ámbito de la Región de Murcia. · BOE-A-2022-864

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-01-09.

Texto consolidado

El objeto de la presente ley es:

a) Garantizar la atención temprana en la Región de Murcia de la población infantil menor de 6 años con trastornos del desarrollo o en riesgo de padecerlos y sus familias.

b) Regular los servicios de atención temprana como una red integral de responsabilidad pública, de carácter universal, gratuita y de calidad.

c) Establecer la actuación integral en atención temprana en el ámbito de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para mejorar el desarrollo de los menores de entre cero y seis años y coordinar los recursos, definiendo las competencias en el ámbito sanitario, educativo y de servicios sociales, así como los mecanismos de coordinación.

d) Regular el procedimiento de valoración de la necesidad de atención temprana y la prestación de la misma.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-01-09.

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