Artículo 1. Objeto de la Ley.
Artículo 1 de la Ley 6/2020, de 1 de diciembre, de Artes Escénicas de Extremadura. · BOE-A-2020-16422
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-04.
Texto consolidado
La presente Ley tiene por objeto establecer el marco jurídico del sistema de las Artes Escénicas y su actividad en la Comunidad Autónoma de Extremadura: la producción, la promoción, el fomento, la distribución y la exhibición de las Artes Escénicas; todo ello en un contexto de defensa y promoción de la identidad y la diversidad cultural de Extremadura.